Cuando una persona quiere contratar un seguro de salud debe hacer una declaración de salud indicando a la aseguradora si padece una una patología crónica o grave, o una discapacidad, lo que se denomina enfermedades preexistentes.
Aunque las enfermedades preexistentes no suelen estar cubiertas por seguros de salud, algunas Aseguradoras sí permiten contratar con preexistencias, aunque con una cláusula de exclusión por la que no cubren los gastos médicos relacionados con las enfermedades preexistentes. Eliminar las preexistencias sólo se suele hacer cuando se trata de un colectivo de empresa con un volumen importante en la contratación inicial.
Adicionalmente, algunos seguros de salud sin hospitalización (seguros básicos de salud) no solicitan declaración de salud y por tanto algunas consultas y pruebas de enfermedades preexistentes sí podrían estar cubiertas en estos casos salvo que estén expresamente excluidas en sus condiciones particulares. Llámanos y un agente especialista en seguros de salud podrá ayudarte e informarte del tratamiento de las preexistencias por parte de cada aseguradora.
Te mostramos a continuación información sobre pólizas de seguros de salud que pueden se pueden contratar en caso de enfermedades preexistentes, aunque sin dar cobertura a las mismas:
Al contratar un seguro de salud, las aseguradoras hacen un cuestionario de salud a los nuevos asegurados en el que deben de declarar las enfermedades preexistentes que han sufrido. Si se miente en el cuestionario de salud, la aseguradora puede anular la póliza, y no cubrirá ningún coste relacionado con esta enfermedad. Las enfermedades preexistentes que normalmente es necesario indicar en la declaración de salud son: