Las aseguradoras sacan al mercado todos los años ofertas y promociones con el objetivo de atraer a los asegurados de otras Compañías. Un aspecto muy importante cuando un asegurado de otra Compañía quiere contratar con otra nueva, es la eliminación de los periodos de carencia, el período de espera antes de poder acceder a prestaciones de hospitalización o determinadas pruebas, que se aplica a nuevos asegurados. Esta eliminación de períodos de carencia se aplica a los asegurados que ya estuvieran en una póliza de salud previa, no así a nuevos asegurados. Es importante destacar que no hace falta ser tomador de una póliza, es suficiente con estar asegurado (por ejemplo, los hijos en la póliza del padre o madre).
En el caso de asegurados de una póliza que desean contratar como tomadores en la misma Compañía, además de eliminar los períodos de carencia, las Compañías eliminan el concepto de preexistencias. Una preexistencia es una enfermedad ya diagnosticada con anterioridad a la contratación o, que por sus síntomas o signos no se puede ocultar. En estos casos, al no cambiar de Compañía, si padecemos una enfermedad, podemos contratar una póliza como tomadores si ya estábamos incluidos como asegurados previamente.
tipo.otra-poliza.h2-2=Comparativa de seguros de salud para personas que están como aseguradas en otra pólizaA continuación, te mostramos información sobre pólizas que pueden ser contratadas por personas que están como aseguradas en otra póliza.
Cuando una aseguradora quiere captar a los asegurados de otras compañías para que contraten con ella su seguro de salud, una de las ofertas más relevantes que les hace para atraerles es la que se refiere a la contratación del seguro de salud sin carencia (normalmente no hay carencia para los asegurados que cambien de aseguradora). La carencia es el periodo que transcurre entre la contratación de un seguro de salud y cuando se pueden solicitar y usar determinados servicios de asistencia médica y coberturas del seguro. Hay muchas coberturas de los seguros médicos que tienen un periodo de carencia. La mayoría de las aseguradoras coinciden en los periódicos de carencia que determinan. Las consultas de atención médica primaria y especialidades médicas están exentas de carencias (excepto psicología, 6 meses). En los casos de embarazo, parto y postparto (de 6 a 10 meses), planificación familiar (6 meses), ligadura de trompas y vasectomía (8 meses), en las operaciones quirúrgicas un gran número de aseguradoras establecen dos grupos: las que se producen en régimen ambulatorio (carencia de 3 a 6 meses) y las que necesitan hospitalización (carencia 6 meses), segunda opinión médica (de 3 a 6 meses), medicina del dolor (de 3 a 6 meses). Lo mismo sucede en los medios de diagnóstico: los básicos (radiografías, por ejemplo) no tienen carencia y los que necesitan una tecnología más específica (resonancia magnética, por ejemplo) tienen carencia de 3-10 meses, la rehabilitación (6 meses), osteopatía (6 meses), prótesis quirúrgicas (6 meses), trasplantes (12 meses) también presenten carencias elevadas. Hay tratamientos muy sensibles como el oncológico que también tienen períodos de carencia que pueden llegar a un año en algunas aseguradoras y servicios en los que el periodo de carencia es aún más largo, como es el caso de la reproducción asistida (la carencia puede alcanzar en algunas aseguradoras hasta los 48 meses en estudios y tratamientos de esterilidad).